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Modifican manual de prácticas estudiantiles del Programa Estado Joven

03 de Agosto de 2022

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Modifican manual de prácticas estudiantiles del Programa Estado Joven

El Ministerio del Trabajo emitió la Circular 035, por medio de la cual modificó el manual operativo del programa Estado joven: prácticas laborales en el sector público. Ajuste que entrará en vigencia desde la convocatoria del segundo semestre del 2022.

 

De acuerdo con la cartera, dicha modificación se dio luego de validar las experiencias recogidas durante la convocatoria del primer semestre de este año, con el objetivo de mejorar y facilitar dicho proceso.

 

Entre los ajustes que plantea la disposición, el incentivo económico que recibirán los estudiantes por un salario mínimo mensual legal vigente se girará al finalizar el mes siguiente al periodo en el cual se desarrollaron las actividades, con previa presentación y validación de los documentos requeridos para cada mes, firmados por el estudiante, tutor y el monitor. Así mismo, para la programación del pago, se deberá contar con la confirmación del desarrollo de las actividades de la práctica laboral por parte de las entidades estatales a través del aplicativo. (Lea: Así se fortalecerá la empleabilidad de jóvenes entre los 18 y 28 años)

 

Además, establece que a partir del primer semestre del 2023 el programa realizará convocatoria a instituciones educativas con el propósito de postular estudiantes en el marco del programa y así garantizar la transparencia del proceso, por tal motivo solo serán válidas las postulaciones de los estudiantes pertenecientes a las instituciones educativas que estén habilitadas.

 

Por otro lado, la normativa establece que, a partir de la fecha, los estudiantes que deseen la terminación anticipada de la práctica deberán presentar la solicitud ante el comité técnico del programa, en la cual se incluya la motivación y sustentación, así como el aval por parte de la institución educativa. Dicha solicitud será evaluada y posteriormente se emitirá la respectiva respuesta con la fecha de terminación de la práctica.

 

Es importante mencionar que tanto la presentación de documentos falsos, actuaciones u omisiones tendientes a obtener un provecho indebido para sí o para un tercero, como en los casos en los que se evidencien inconsistencias o situaciones engañosas relacionadas con el cumplimiento de alguno de los requisitos u obligaciones por parte del solicitante en cualquier etapa del proceso, también generará la terminación de la práctica de manera anticipada.  

 

Conozca a detalle demás lineamientos del programa en el documento adjunto a esta nota.

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