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Rehusar prescripciones médicas o cambiar de institución de salud también implica asumir consecuencias (4:48 p.m.)

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29 de Octubre de 2012

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Cuando el paciente o sus representantes legales o familiares, por ser este incapaz o estar imposibilitado, no atienden las indicaciones prescritas por el médico tratante o deciden voluntariamente cambiar de institución prestadora del servicio de salud, ejerce plenamente los derechos que la ley le otorga, pues la Ley 23 de 1981, sobre normas de ética médica, indica que la asistencia médica se basa en la libre elección del profesional por parte del paciente, debiendo cada institución respetar ese derecho. Sin embargo, el ejercicio de dicha facultad implica también que el paciente asuma las consecuencias de sus propios actos. En fallo de junio, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que en algunos eventos no es posible imputar responsabilidad a la administración cuando el daño proviene del hecho de la víctima (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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