Regulan reporte de prescripción de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el plan de beneficios (8:18 a.m.)
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13 de Septiembre de 2016
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Con la Resolución 3951, el Ministerio de Salud establece el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el plan de beneficios en salud con cargo a la UPC. La prescripción de los servicios y tecnologías en salud no cubiertos en el plan será realizada por el profesional de la salud, el cual debe hacer parte de la red definida por las EPS—EOC, a través del aplicativo que disponga el ministerio, el cual operará mediante la plataforma tecnológica del Sistema integral de información de la protección social (Sispro) con diligenciamiento en línea o de acuerdo con los mecanismos tecnológicos disponibles en la correspondiente área geográfica. Así mismo, define los requisitos para acceder al aplicativo de reporte de prescripción. La norma también fija los criterios que debe tener en cuenta el medico que está haciendo la prescripción.
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