Recuerdan características del litisconsorcio facultativo (1:15 p.m.)
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11 de Julio de 2016
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Un auto de la Sala Laboral recordó que el litisconsorcio facultativo se caracteriza por el hecho de que las súplicas de quienes lo conforman son independientes entre sí, de tal forma que sería posible plantearlas en proceso separado. No obstante, indicó que la voluntad de los litigantes que deciden integrarlo permite que la jurisdicción conozca del problema jurídico en un solo debate, propiciando la economía procesal. En ese contexto, el alto tribunal reiteró que esta figura requiere de la existencia de una conexión en la causa jurídica, objeto o elementos demostrativos (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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