Precisan qué recursos para acciones de promoción y prevención en salud no ejecutados deben reintegrarse (5:00 p.m.)
77001
03 de Noviembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Teniendo en cuenta que el Decreto 2240 del 2010 ordenó el reintegro de aquellos recursos no ejecutados que los distritos y municipios recibieron durante la vigencia del artículo 46 de la Ley 715 del 2001, para adelantar acciones de promoción y prevención incluidas en el plan obligatorio de salud del régimen subsidiado, dichos recursos a restituir son todos aquellos que no se ejecutaron, independientemente de que estos fueran del orden territorial, del sistema general de participaciones o de las cajas de compensación, pues todos estos financiaban el componente de promoción y prevención. Así lo precisó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de agosto.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!