Precisan el régimen pensional aplicable a los excongresistas pensionados antes de la Ley 4 de 1992 (10:10 a.m.)
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23 de Febrero de 2012
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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que los excongresistas pensionados antes de la vigencia de la Ley 4 de 1992 tienen derecho al reajuste especial consagrado en el artículo 17 del Decreto 1359 de 1993. Esta norma dispone que el reajuste comprende el 50 % del promedio pensional devengado por los congresistas en 1994. Por el contrario, los exparlamentarios pensionados a partir del 18 de mayo de 1982 podrán obtener el reajuste de 75 % (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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