Para efectos de aportes a seguridad social, administradora de pensiones hace las veces de empleador (12:15 p.m.)
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20 de Mayo de 2013
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El artículo 22 del Decreto 1703 del 2002, sobre aportes a seguridad social de trabajadores independientes, no es aplicable a los pensionados, pues para el pago de aportes se comportan como dependientes y la administradora de pensiones hace las veces de empleador, indicó el Ministerio de Salud. En este caso, la administradora debe descontar de la mesada el 12,5 % y girarlo a la EPS a la que se encuentre afiliado el pensionado desde antes o a partir del momento en que adquiere esa calidad.
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