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Laboral


Mintrabajo adopta medidas para combatir morosidad y elusión en riesgos laborales

Las administradoras de riesgos laborales deben reportar sus movimientos de manera completa, antes del 28 de cada mes.
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21 de Febrero de 2014

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Los empleadores que coticen menos de lo que representa la clase de riesgo que les corresponde, que paguen por un número menor de trabajadores o que no cancelen  dentro del mes correspondiente serán investigados por las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo y sancionados con multas sucesivas mensuales hasta por 500 salarios mínimos legales vigentes, es decir más de 300 millones de pesos.

 

En una circular reciente, el Ministerio del Trabajo señaló que las administradoras de riesgos laborales (ARL) deben reportar sus movimientos de manera completa, antes del 28 de cada mes. Quienes incumplan con esta obligación serán sancionados con multas de hasta 1.000 salarios mínimos.

 

La medida, que deroga el numeral 1º del literal b) de la circular unificada en salud ocupacional del 2004, permitirá identificar a los empleadores que evaden, eluden y presentan morosidad en el pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales.

 

La norma regirá a partir del próximo 1º de marzo, fecha en que las ARL deberán remitir la información. Durante este mes, se realizarán pruebas y validaciones de cargue, con el fin de que estas entidades realicen los ajustes necesarios.

 

(Ministerio del Trabajo, Circular 014, feb. 17/14)

 

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