Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Minsalud recuerda a las EPS que no pueden negar servicios del POS (4:24 p.m)

56213

29 de Junio de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Ministerio de Salud recordó a las entidades promotoras de salud (EPS) que no deben negar los servicios que hacen parte integral del plan de beneficios en salud, como tampoco promover acciones o mecanismos para que los pacientes que tienen amparados dichos servicios gestionen otros desligados de los propios de la salud; es decir, incitar a que vía judicial se modifiquen o remplacen los servicios de atención domiciliaria o paliativa por el servicio de cuidador, toda vez que la prescripción de dichos servicios solo competen al profesional de la salud. En caso de detectarse alguna de las conductas indicadas anteriormente se informará a la Superintendencia de Salud para que adelante las investigaciones e imponga las sanciones correspondientes de haber lugar a ello, en el marco de sus competencias. De igual manera, el ministerio aclaró lo correspondiente a la definición y al­cance de la figura de “cuidador” en contraposición a “los servicios especiales de cuidado” cubiertos en el plan de beneficios de salud con cargo a la UPC.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)