Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Laboral


Incapacidades no pueden ser superiores a 30 días

Así lo conceptuó el Ministerio de Salud al resolver la consulta de un ciudadano que pregunta sobre la viabilidad de la aplicación de la norma en cuestión.
13784
Imagen
salud-paciente-clinica2shut-1509242034.jpg

21 de Septiembre de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Sala Edición 5 - Imagen Principal

La Resolución 2266 de 1998 fue expedida por el entonces Instituto de Seguros Sociales (ISS), con el fin de reglamentar el proceso de expedición, reconocimiento, liquidación y pago de las prestaciones económicas por incapacidades y licencias de maternidad.

 

Sin embargo, ante la falta de regulación específica en la regulación de incapacidades y licencias de maternidad dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en la práctica las EPS han continuado aplicando el criterio que en su momento estableció el artículo 10 de la referida norma

 

Así las cosas, el médico u odontólogo tratante y competente para expedir certificados de incapacidad determina el periodo de incapacidad y expide el certificado inicial hasta por una máximo de 30 días, los cuales puede prorrogar, según su criterio clínico, hasta por un total de 180 días, por periodos de máximo 30 días cada uno, de acuerdo con las normas que rigen para cada tipo de riesgo.

 

Minsalud, Concepto 201611601461951, 09/08/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)