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Laboral


Fuero circunstancial aplica a trabajadores comunes y ordinarios de una empresa

Conceder ese beneficio a quienes ostentan un poder de dirección implicaría permitirles ser juez y parte en el conflicto colectivo.
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12 de Abril de 2013

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El fuero circunstancial previsto en el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965 aplica a los trabajadores comunes y ordinarios de una empresa mientras se realiza la negociación colectiva, pero no a quienes ostentan un poder de dirección y se confunden con el empleador.

 

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que conceder ese beneficio a estos últimos implicaría permitirles ser juez y parte en el conflicto colectivo, lo que afecta la moral y la ética, reiteró.

 

Además, no se puede poner en pie de igualdad a los altos directivos de la empresa con los trabajadores rasos, teniendo en cuenta que se quiere evitar un conflicto de intereses para los primeros, precisó.

 

No obstante, el juez debe evaluar el caso concreto y determinar la protección, porque no cualquier representación del empleador amerita la exclusión de los beneficios de la negociación colectiva, como la estabilidad laboral basada en ese fuero, aclaró el alto tribunal.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia 39609, feb. 13/13, M. P. Jorge Mauricio Burgos)

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