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Extra Así se legalizaría el cultivo, consumo y exportación de marihuana con fines medicinales (9:33 a.m.)

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12 de Noviembre de 2015

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El Ministerio de Salud publicó un proyecto de decreto con el que busca reglamentar la tenencia y cultivo de semillas y plantas de cannabis, así como regular los procesos de producción, fabricación, exportación, distribución, comercio, uso y tenencia de esta planta y sus derivados, destinados a fines estrictamente médicos y científicos. Esta norma aplicaría para las personas jurídicas y naturales de nacionalidad colombiana o extranjera con domicilio en el país que adelanten alguna de las actividades referidas. Cabe resaltar que, concordante con pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia, la propuesta señala que el autocultivo sería considerado la actividad que da lugar a una pluralidad de plantas de cannabis en número inferior a 20 unidades, de las que pueden extraerse estupefacientes y que se destinan exclusivamente al uso personal, para lo cual no se requerirá licencia de cultivo. Por otra parte, para obtener la licencia, el solicitante tendría que presentar ante el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) los documentos que acrediten los requisitos necesarios, tales como el señalamiento del municipio, distrito, departamento y la ubicación del área de cultivo; la descripción de la misma y su extensión en hectáreas; certificados de antecedentes penales y disciplinarios del representante legal, entre otros. Esta iniciativa, que reglamentaría aspectos de la Ley 30 de 1986, estará disponible para comentarios en el sitio web del ministerio hasta el próximo 15 de noviembre, a través del correo lbastidas@minsalud.gov.co o en la línea 3305000, extensión 5046.

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