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Explican naturaleza de los servidores de las empresas sociales del Estado (3:08 p.m.)

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23 de Septiembre de 2016

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Por regla general, este tipo de trabajadores, explicó la Sala Laboral de la Corte Suprema, son empleados públicos. Además, agrega, la regla general es que los empleos son de libre nombramiento y remoción o de carrera y, por vía de excepción, establece que son trabajadores oficiales quienes desempeñen cargos no directivos o desempeñen labores relacionadas con el mantenimiento de la planta física hospitalaria o de servicios generales. Lo anterior de conformidad con el literal i) del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, según el cual las personas vinculadas a las empresas sociales del Estado tendrán el carácter de empleados públicos y trabajadores oficiales conforme a las reglas del Capítulo IV de la Ley 10 de 1990 (M. P. Gerardo Botero). 

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