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Derechos de empleados en provisionalidad no son oponibles al retiro por supresión de cargos (2:15 p.m.)

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18 de Febrero de 2013

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La supresión de empleos es una causal legal de retiro de los empleados del sector público que está justificada por la necesidad de adecuar las plantas de personal de las entidades públicas a los requerimientos del servicio. Así lo reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado, al advertir que en ese evento no son oponibles los derechos de carrera de los funcionarios inscritos en el escalafón de la carrera administrativa ni la vinculación de los empleados nombrados en provisionalidad. Además, en el caso de estos últimos, no es viable conceder la indemnización por supresión del cargo, ya que su fin es compensar la pérdida del fuero de relativa estabilidad laboral de los trabajadores de carrera, recordó (C. P. Gerardo Arenas).

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