Banco deberá pagar más de $ 160 millones por acoso y maltrato laboral a trabajadora
19 de Mayo de 2020
Reproducir
Nota:
116479
Una ciudadana había demandado a una entidad bancaria para que fuera declarada la existencia de un contrato a término indefinido, pues, en su concepto, esta era responsable por culpa patronal de los perjuicios causados con la enfermedad profesional que se le causó cuando laboraba para la accionada, por acoso y maltrato laboral. En consecuencia, solicitó se condenara a la entidad al reconocimiento y pago de los perjuicios materiales (daño emergente y lucro cesante) por la causación de su enfermedad y por la invalidez que se desprendió de la misma, entre otras pretensiones. La Sala Laboral de la Corte Suprema concluyó que la entidad bancaria era responsable de la enfermedad laboral de trastorno depresivo recurrente por acoso laboral, que afectó los ámbitos personal, familiar y social de la trabajadora y, por esa razón, ordenó pagarle más de $ 160 millones por perjuicios fisiológicos (M. P. Fernando Castillo Cadena).
Opina, Comenta