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Autorizan habilitación excepcional a EPS del régimen subsidiado en liquidación en municipios cubiertos por emergencia económica (10:40 a.m.)

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07 de Octubre de 2015

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Con el fin de garantizar el aseguramiento y la prestación de servicios de salud a la población repatriada, retornada, deportada o expulsada en los muni­cipios de la frontera colombo – venezolana, la Superintendencia de Salud podrá habilitar aquellos programas de entidades promotoras de salud (EPS) del régimen subsidiado que se encuentren en medida de intervención forzosa administrativa para liquidar y que, antes de su intervención, contaran con población asegurada en cualquiera de los municipios contemplados en la declaratoria de emergencia económica. Para estos efectos, el representante legal de la respectiva entidad deberá manifestar la intención de obtener nuevamente la autorización. La norma precisa que el proceso liquidatorio del respectivo programa continuará hasta su cierre definitivo, mientras que la habilitación se otorgará sobre un nuevo programa de EPS del régimen subsidiado. Los requisitos de habilitación deberán ser verificados por la superintendencia dentro de los seis meses siguientes a partir de la respectiva habilitación, de acuerdo con el plan de cumplimiento que se apruebe para el efecto y con sujeción a las normas vigentes.

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