Autorización de despido de la trabajadora embarazada descarga al empleador de pagar aportes al sistema de seguridad social (11:00 a.m.)
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04 de Octubre de 2011
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Autorizada por el inspector de trabajo la terminación del vínculo laboral de la empleada en estado de embarazo, por alguna de las justas causas previstas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, deja de existir para el empleador la obligación respecto al pago de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social, recordó el Ministerio de la Protección Social. Por el contrario, si omite solicitar la autorización, dicho despido no produce efectos y la relación continúa vigente. En este evento, el empleador conserva las obligaciones derivadas de toda relación laboral, entre ellas, el reconocimiento de la licencia de maternidad, si es del caso.
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