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Ajustan condiciones de habilitación de entidades para operación del aseguramiento en salud (3:13 p.m.)

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16 de Septiembre de 2019

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El Ministerio de Salud adoptó medidas relacionadas con las condiciones de habilitación financiera y de solvencia de las entidades aseguradoras, para permitir la mejora en el flujo de recursos entre los diferentes agentes del SGSSS y que, por tanto, impacten en los prestadores de servicios de salud, proveedores y en todos los intervinientes en el proceso de aseguramiento y prestación de servicios. Por ejemplo, agregó que hasta el 31 de diciembre del 2020, al verificar las condiciones de habilitación financieras y de solvencia de las EPS, la Superintendencia de Salud descontará el efecto del deterioro de las cuentas por cobrar asociadas a servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado que se encuentren registradas como tal en los estados financieros, de acuerdo con la política contable de cada entidad, vigente al 30 de junio del 2019, para la acreditación del capital mínimo y del capital primario. Igualmente, se establece un sistema de progresividad para el cumplimiento de las condiciones de habilitación, entonces deberán cumplir con las condiciones previstas, a más tardar, el 31 de diciembre del 2020, de acuerdo con la progresividad que defina el Ministerio de Salud.

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