Afiliación de la trabajadora doméstica al sistema de seguridad social no convierte a la familia en empresa (10:16 a.m.)
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23 de Noviembre de 2012
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El hecho de que la familia que contrata servicios domésticos no se considere empresa generadora de utilidades ni se entienda como una explotación económica en sentido estricto no impide que la trabajadora sea cotizante obligatoria al sistema de seguridad social en calidad de dependiente. Por lo tanto, es obligación del empleador realizar la afiliación a los sistemas de salud, pensiones y riesgos profesionales, sin que para ello deba convertirse en empresa. Así lo señaló el Ministerio de Salud, en oficio de septiembre.
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