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Laboral


Abuso en celebración de contratos de prestación de servicios genera indemnización moratoria

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia condenó a una empresa estatal por esta práctica reiterada.
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19 de Abril de 2012

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El ISS persiste en vincular a sus empleados mediante la celebración de contratos de prestación de servicios, para ocultar verdaderas relaciones laborales.

 

Así lo reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia del pasado 7 de febrero, al destacar que el abuso en la celebración y ejecución de contratos de prestación de servicios genera el pago de la indemnización moratoria, según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 797 de 1949.

 

En ese evento, las circunstancias de contratación utilizadas por el ISS prueban su mala fe, ya que desconoció la dependencia laboral, a pesar de saber que estaba desarrollando un contrato de trabajo, indicó el alto tribunal.

 

Así mismo, la Sala afirmó que los contratos aportados por la entidad y las actas de liquidación son insuficientes para evidenciar su buena fe. En consecuencia, no se puede exonerar de la indemnización moratoria.

 

(CSJ, Sala Laboral, Sent. 38863, M. P. Rigoberto Echeverri, feb.7/12)

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