Incluyen nuevos beneficiarios de la cuenta maestra del régimen subsidiado (3:57 p.m.)
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22 de Agosto de 2013
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En adelante, los pagos que se efectúen desde la cuenta maestra del régimen subsidiado los recibirán, además de los beneficiarios relacionados en el artículo 18 de la Resolución 3042 del 2007, las personas jurídicas que sean contratadas por las entidades territoriales para el mejoramiento de la infraestructura y la dotación de la red pública de instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), en el marco de lo previsto en la Ley 1608 del 2013 (Ley de Cuentas Maestras). Así lo dispuso recientemente el Ministerio de Salud, al modificar la citada norma, que reglamentó los fondos de salud de las entidades territoriales, consistentes en cuentas independientes para la administración y el manejo exclusivo de los recursos de la salud, que permitan identificar con precisión el origen y la destinación de los dineros de cada fuente.
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