Incapacidad de los hijos no se extiende a los padres (2:15 p.m.)
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10 de Mayo de 2013
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Teniendo en cuenta que dentro de la legislación laboral no existe ninguna norma que extienda la incapacidad de los hijos a los padres, el legislador previó en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo la figura de calamidad doméstica dentro de las obligaciones especiales que tiene el empleador, para aquellos eventos en los que el trabajador deba enfrentar situaciones de fuerza mayor que le impidan o dificulten su presencia en el sitio de trabajo. Estos permisos no se podrán descontar del salario del trabajador o exigirle que compense tiempo. Así lo indicó el Ministerio de Trabajo, en oficio de enero.
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