Gobierno reglamenta el recaudo y giro de los recursos del régimen subsidiado (3:32 p.m.)
04 de Enero de 2012
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Nota:
78555
En cumplimiento del artículo 31 de la Ley 1438 del 2011 (reforma a la salud), el Gobierno estableció las condiciones y la periodicidad para el recaudo de los recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado, con el fin de que estos fluyan de manera expedita hacia los diferentes actores del sistema y se garantice la oportuna prestación de los servicios de salud a los afiliados. Dichos dineros, que se canalizarán a través del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga (Fosyga), provienen de las transferencias territoriales, los recursos distribuidos por Etesa en liquidación o la entidad que haga sus veces y de las regalías, entre otras fuentes.
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