Gobierno endurece requisitos para el pago de recobros de medicamentos no POS (3:17 p.m.)
72819
13 de Abril de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Ministerio de la Protección Social acaba de establecer nuevos requisitos para el reconocimiento y el pago de recobros de medicamentos, prestaciones y tratamientos no incluidos en el plan obligatorio de salud (POS), con cargo al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), autorizados por los comités técnico-científicos u ordenados por vía judicial. Según la nueva disposición, que adiciona la Resolución 3099 del 2008 (modificada en varias oportunidades), cuando se trate de medicamentos suministrados intrahospitalariamente, las solicitudes de recobros deberán incluir copia simple de la factura de venta o documento equivalente, expedida por el proveedor de la institución prestadora de servicios de salud (IPS), que cumpla con lo previsto en el artículo 617 del Estatuto Tributario. Adicionalmente, esta deberá identificar la entidad responsable del pago, la descripción, la cantidad y los valores unitario y total del medicamento, entre otros datos.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!