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Noticias / Laboral


Establecen el régimen salarial para los empleados públicos de la región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca

19 de Diciembre de 2023

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Nota:
169551

A través de la Resolución 2183 del 2023, el Departamento Administrativo de la Función Pública estableció los elementos salariales para los empleados que sean vinculados a la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, así como a sus entidades y organismos, garantizando el principio de progresividad laboral. 

La normativa expresa que los empleados públicos que se vinculen a la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca tendrán derecho a que se les reconozca y pague los siguientes elementos salariales: (Lea: Mintransporte establece los honorarios de los contratos por prestación de servicios). 

i) Gastos de representación. 

ii) Prima técnica regional. 

iii) Prima técnica regional de dirección. 

iv) Prima de servicios regional. 

v) Bonificación regional por servicios prestados. 

vi) Reconocimiento por coordinación. 

vii) Recargo nocturno, reconocimiento de horas extras y por trabajo en dominicales y festivos. 

viii) Auxilio de transporte, subsidio de alimentación y viáticos. 

En este sentido, la presente normativa establece que el director de la Región Metropolitana de Bogotá-Cundinamarca percibirá por concepto de gastos de representación el 100 % de la asignación básica mensual, que corresponderá al empleo que desempeñe el funcionario público, siempre y cuando no supere la remuneración mensual que perciba por concepto el Alcalde Mayor de Bogotá, evento en el cual el porcentaje a asignar por este concepto se ajustará al límite.  

Así mismo, la prima técnica regional, que es un reconocimiento mensual a los empleados públicos de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, que tienen empleos en los niveles directivo, asesor y profesional, se otorga mediante acto administrativo expedido por el jefe de la entidad u organismo.   

La prima técnica regional podrá reconocerse hasta un 50 % de la asignación básica mensual del respectivo empleo para los niveles de directivo y asesor, y hasta un 40 % de la asignación básica mensual del respectivo empleo para el nivel profesional. 

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