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Expiden directrices para la aplicación de normativa sanitaria de alimentos de consumo humano (8:13 a.m.)

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11 de Agosto de 2015

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Bajo el marco normativo que regula las actividades que deben desarrollar las au­toridades sanitarias sobre los productos generadores de riesgo sanitario, como es el caso de los alimentos, el Ministerio de Salud impartió recientemente algunas directrices, enmarcada bajo el precepto de proteger la salud humana y alcanzar los objetivos planteados en el componente de inocuidad y calidad de los alimentos del Plan Decenal de Salud Pública (Resolución 1841 del 2013). Las actividades de inspección, vigilancia y control a cargo de las autori­dades sanitarias deben ser desarrolladas en cumplimiento de las disposiciones señaladas en Resolución 1229 del 2013 y de acuerdo con los lineamientos impartidos en la Circular 046 del 2014, recordó la entidad. De igual manera, reiteró la regulación en lo relacionado con las autorizaciones expedidas por el Invima y sobre la importación y exportación de alimentos, materias primas e insumos. Finalmente, el ministerio instó a las autoridades sanitarias para que apliquen de manera íntegra la normativa vigente en materia de alimentos destinados al consumo humano, así como el desarrollo de actividades de información de la misma dirigida a los productores y comercializadores del sector de los productos alimenticios.

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