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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Exigir copia de la historia clínica para tramitar incapacidades puede ser objeto de sanción (2:22 p.m.)

04 de Febrero de 2020

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Nota:
115299
Las empresas y entidades, tanto del sector público como privado, no pueden solicitar copia de las historias clínicas ni pretender acceder a ellas en su totalidad o en parte en desarrollo de la obligación prevista en el artículo 121 del Decreto Ley 19 del 2012, según el cual corresponde al empleador tramitar directamente el reconocimiento de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad, recordó el Ministerio de Salud. Así las cosas, no es procedente que las EPS exijan copia de la historia clínica a los empleadores y estos a sus trabajadores para efectos de tramitar incapacidades, pues no hay disposición normativa que así lo exija, sin perjuicio de la documentación que deba adjuntarse, bajo los parámetros establecidos por cada entidad. Si una EPS exige copia de la historia clínica para tramitar incapacidades o licencias vulnerando con esa exigencia la obligación de reserva legal, la situación puede ser puesta en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud, para que esta efectúe la investigación pertinente y aplique las sanciones a que haya lugar.

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