Estos son los estándares de calidad para la atención en salud en cárceles para inimputables por trastorno mental (11:12 a.m.)
106959
10 de Junio de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Gobierno adoptó los estándares de calidad en talento humano, infraestructura, dotación, medicamentos, dispositivos médicos e insumos, procesos prioritarios asistenciales, historia clínica y registros e interdependencia de servicios, así como los correspondientes criterios en los establecimientos de reclusión dispuestos para las personas inimputables por trastorno mental permanente o transitorio con base patológica y personas con trastorno mental sobreviniente, en el marco de la Ley 1709 del 2014. La norma señala que corresponderá a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), en coordinación con el Inpec, implementar y garantizar el cumplimento de los estándares en salud, lo cuales son: infraestructura; talento humano; dotación; medicamentos; dispositivos médicos e insumos; procesos prioritarios asistenciales; historia clínica y registros e interdependencia de servicios.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!