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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Este es el fallo que estudia la facultad de Colpensiones y las ARL para determinar pérdida de la capacidad laboral

02 de Junio de 2020

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Nota:
117095
La Corte Constitucional, mediante reciente sentencia, explicó la exequibilidad de la asignación a Colpensiones, las administradoras de riesgos laborales (ARL), compañías de seguros y empresas promotoras de salud de la facultad para determinar, en una primera oportunidad, la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y su origen. En tal sentido, respaldó el inciso 2º del artículo 142 del Decreto Ley 019 del 2012. Según el fallo, el legislador no viola los derechos al debido proceso y a la seguridad social al establecer que un trámite, del cual depende el acceso a beneficios de seguridad social (la calificación de la capacidad laboral y ocupacional) sea decidido en primer lugar por la misma entidad que tendría que asumir la obligación del pago de tal beneficio. Por el contrario, aseguró que es una medida razonable, en tanto busca un fin constitucionalmente legítimo, por un medio que es idóneo (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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