Protegen derecho de ciudadano que posee dos cédulas y que solicitó información sobre unificación de semanas cotizadas
26 de Marzo de 2024
La Corte Constitucional protegió el derecho de petición de un ciudadano a quien la Registraduría Nacional del Estado Civil le asignó dos cédulas: en la primera tenía dos nombres y dos apellidos (nombre completo), mientras que en la segunda solamente tenía un nombre y un apellido (nombre corto).
El accionante afirmó que a través de los dos documentos de identificación cotizó semanas de pensión en Colpensiones y en Porvenir. Por eso, le solicitó información a Colpensiones respecto del número de semanas cotizadas con su nombre completo, que estas se sumaran a las cotizadas con el nombre corto y que se certificaran las semanas cotizadas, los periodos de cotización y las empresas a las cuales cotizó.
La Sala confirmó la decisión de declarar improcedente la tutela, toda vez que, para tramitar las solicitudes relacionadas con el cambio de régimen pensional y unificación de semanas cotizadas, el accionante cuenta con un mecanismo ordinario idóneo y eficaz.
Sin embargo, respecto del derecho de petición, la Corte consideró que Colpensiones lo vulneró, pues no hay prueba en el expediente de que la entidad accionada hubiere dado respuesta a las dudas del accionante, por eso ordenó responder al accionante sobre el número de semanas cotizadas con el nombre completo y la certificación de las semanas cotizadas, los periodos de cotización, las empresas a las cuales cotizó y la ruta administrativa que debe seguir para que pueda unificar en un mismo régimen la totalidad de semanas que ha cotizado.
De otro lado, instó a la Registraduría Nacional del Estado Civil a finalizar el proceso con el que se determina la cancelación de uno de los dos registros civiles del accionante, para que pueda solucionar los inconvenientes presentados y obtener el traslado de régimen y la unificación de semanas de cotización. (M.P.: Cristina Pardo Schlesinger).
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