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Piden que hijos de trabajadores tengan derecho al subsidio familiar hasta los 25 años

19 de Abril de 2017

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Varios ciudadanos que hacen parte del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 1° del parágrafo 1º del artículo 3° (régimen del subsidio familiar en dinero) de la Ley 789 del 2002.

 

La disposición acusada contempla que podrán recibir dicho beneficio “los hijos que no sobrepasen la edad de 18 años, legítimos, naturales, adoptivos y los hijastros. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado”.

 

Según el concepto de los accionantes, el aparte implica una violación al principio de progresividad y prohibición de no regresividad, consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana de Derechos Humanos.

 

Lo anterior al verse vulnerado el derecho a la igualdad, por consagrar una edad distinta en el acceso al subsidio familiar en comparación con los servicios de salud y pensiones. (Lea: No se requiere acreditación especial de condición de invalidez para ser beneficiario del subsidio familiar)

 

Es importante recordar que tienen derecho a este beneficio los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable, no sobrepase los cuatro salarios mínimos legales, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero no sobrepasen seis salarios mínimos legales.

 

El escrito concluye con la solicitud de que se declare la exequibilidad condicionada del aparte demandando, bajo el entendido que los hijos de los trabajadores tendrán derecho al subsidio familiar hasta los 25 años de edad.

 

Corte Constitucional, Demanda D-11895, Mar. 15/17

 

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