Bajo la vigencia del Acuerdo 049 de 1990, el ISS no estaba en la obligación de actualizar cotizaciones (4:03 p.m.)
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26 de Enero de 2016
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Así lo informó la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia luego del análisis jurisprudencial y exegético del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 20 del Acuerdo 049 de 1990 proferido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, y aprobado por el Decreto 758 de 1990. Por consiguiente, el alto tribunal de la justicia laboral dijo que “no es posible arrogarle al Instituto de Seguros Sociales la obligación de actualizar las cotizaciones entre la fecha en que cesó el interesado sus aportes y la del cumplimiento de la edad para acceder a la pensión, pues el afiliado podía seguir aportando para elevar la tasa de remplazo” (C.P. Rigoberto Echeverry Bueno).
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