16 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 41 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Minhacienda definiría reglas para administradoras del pilar contributivo del sistema pensional

15 de Noviembre de 2024

Reproducir
Nota:
213621
Imagen
En procesos ejecutivos el mandato se satisface con la entrega del título valor endosado (Freepik)

El Ministerio de Hacienda propone modificar el Decreto 2555/10 para establecer nuevas normas sobre las administradoras del componente complementario de ahorro individual del pilar contributivo, regulando aspectos clave como la autorización, administración y las reglas de gobernanza corporativa de estas entidades.

El componente complementario de ahorro individual podría ser administrado por diversas entidades, siempre que cuenten con la autorización de la Superintendencia Financiera. Entre las entidades habilitadas para administrar estos fondos se encontrarían las sociedades administradoras de fondos de pensiones, las sociedades fiduciarias, las compañías de seguros de vida, las sociedades comisionistas de bolsa, así como Colpensiones y otras entidades sin ánimo de lucro autorizadas. (Lea: Minsalud busca optimizar gestión del presupuesto del sector)

Según el proyecto, una vez autorizadas, las administradoras del componente complementario de ahorro individual (ACCAI) deberán cumplir con una serie de responsabilidades adicionales, tales como la administración de los fondos de pensiones establecidos en la Ley 2381 del 2024 y la gestión de la información vinculada a las cuentas individuales. Esto incluiría el manejo de rendimientos, intereses, dividendos y cualquier otro ingreso generado por los activos del fondo, así como la responsabilidad de proporcionar información periódica y unificada a los afiliados.

Las entidades que deseen gestionar el componente complementario de ahorro individual deberán acreditar un capital mínimo de $ 20.217 millones. Este capital mínimo no sería adicional al que ya se requiere para el funcionamiento de las entidades, sino que se ajustaría anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor (IPC) del Dane. El primer ajuste de este monto se realizaría en enero del 2025, tomando como base la variación del IPC del 2024.

En cuanto a la gobernanza de las ACCAI, el proyecto de decreto plantea que la junta directiva de estas entidades deberá cumplir con estrictas reglas de conducta y obligaciones, conforme al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Así pues, la junta deberá estar integrada por representantes de los afiliados del componente complementario de ahorro individual y del componente de prima media, ambos con voz y voto en los temas relacionados con la administración de los fondos de pensiones. Además, se estipularía que al menos el 25 % de los miembros de la junta directiva deberán ser independientes, con una representación femenina obligatoria en este grupo.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)