24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Estos son los borradores de proyectos de decreto que implementarían artículos hundidos de la reforma laboral

25 de Junio de 2024

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Estos son los 37 artículos aprobados de la reforma pensional (Cámara)

A través de una carta titulada Modificaciones normativas que se pueden hacer por decreto y que implican una reforma laboral, el viceministro del Trabajo, Edwin Palma, planteó los cambios que se pueden hacer a las normas laborales. El Decreto 1072 del 2015 compila todas las normas laborales reglamentarias, allí podemos incorporar varias disposiciones nuevas o modificatorias para ir transformando sustancialmente las relaciones laborales en el país, cumpliendo con la promesa de campaña y dándole poder a la clase trabajadora, para que fortalezca sus derechos colectivos, se encargue de crear y proteger sus derechos individuales, se puede leer en el texto.

Además, la misiva plantea que estas modificaciones tienen respaldo jurídico tanto a nivel nacional como de organizaciones internacionales: “es evidente que en el debate público e incluso en el debate parlamentario los temas de más difícil discusión son los del derecho laboral colectivo, que paradójicamente son los que encuentran apoyo en la jurisprudencia ordinaria como constitucional, que han emitido distintos exhortos sobre la materia, también en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la OCDE y los gobiernos de EE UU y Canadá, en el marco de los capítulos laborales de los tratados de libre comercio suscritos con esos países”. (Lea: Lea el texto definitivo de la reforma pensional)

Según el documento, las materias que se incluirían en los posibles decretos son:

i) Límites a la tercerización laboral ilegal en el sector privado.

ii) Normas sobre funcionamiento de los comités de convivencia en el sector público y privado para prevenir conductas de violencia y acoso en el trabajo.

Además, la carta plantea que en materia de derecho laboral colectivo se puede regular por decreto e incluirse:

i) La negociación colectiva unificada (pliego único, mesa única, comisión negociadora única y único acuerdo).

ii) Modernización del Decreto 017 del 2016 para facilitar el funcionamiento de los tribunales de arbitraje.

iii) Disposiciones para modernizar el derecho de huelga que incluyan el procedimiento para establecer servicios mínimos en casos de huelga en servicios públicos esenciales, como lo ha ordenado la Corte Constitucional y lo establecen estándares internacionales.

El viceministro Palma considera que la iniciativa con mayor relevancia política es el proyecto que regula y organiza la negociación colectiva del sector privado, conforme a lo previsto en el artículo 55 de la Constitución y el Convenio 154 de la OIT, ratificado por Colombia mediante Ley 524 de 1999.

Cabe mencionar que estas iniciativas son apenas borradores, los cuales aún no se encuentran disponibles para consulta en la página web del Ministerio del Trabajo.

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