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Establecen lineamientos, oportunidad, cobertura y calidad de los programas de capacitación laboral de las UVAE

29 de Diciembre de 2022

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Servidor público puede realizar judicatura remunerada, siempre que desempeñe funciones jurídicas  (Freepik)

Por medio de la Resolución 4357, del 4 de noviembre, el Ministerio del Trabajo estableció los lineamientos de pertinencia, oportunidad, cobertura y calidad de los programas de capacitación laboral ofertados por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) y de las condiciones necesarias para impartirlos.

Cabe recordar que las UVAE son un mecanismo interno de formación en las empresas para actualizar las competencias de su talento humano, permitiendo que las personas estén entrenadas para enfrentar los cambios del mercado laboral, con el propósito de mejorar o complementar las capacidades del trabajador, el desempeño en el campo laboral y la formación en el trabajo. (Lea: Nueva disposición permitirá a las empresas capacitar su recurso humano desde las UVAE).

De acuerdo con la norma, dicha capacitación laboral podrán recibirla los trabajadores que presten sus servicios a la empresa responsable de la respec­tiva UVAE, los que presten sus servicios a la empresa que haga parte de un gremio responsable y los estudiantes que realicen prácticas laborales mediante vinculación formativa de contrato de aprendizaje o cualquier otro mecanismo de formalización.

La UVAE establecerá el perfil de ingreso de los beneficiarios para cada uno de los programas de capacitación, el cual deberá incluir conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que requiere la persona para ingresar al programa.

Las personas que reciben la capacitación laboral deberán demostrar al final que alcanzaron los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes definidas y aplicables a los procesos y procedimientos que desarrollarán en la organización o conforme al programa de responsabilidad social. En todo caso, precisó la entidad, la capacitación laboral ofertada por las UVAE es gratuita y en ningún caso podrá trasladarse su costo a los beneficiarios.

Los trabajadores y aprendices capacitados deberán ser evaluados conforme a la norma de competencia aplicable y/o la normativa vigente, teniendo en cuenta, entre otros criterios, los conocimientos, habilidades y destrezas y objetivos a desarrollar, de acuerdo con el grado de capacitación y entrenamiento.

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