¿Indemnización integral permite terminación y preclusión de procesos de injuria y calumnia?
05 de Febrero de 2025
Cursan en el Congreso de la República dos proyectos de ley que buscan introducir modificaciones al Código Penal en lo que se refiere a los delitos de injuria y calumnia. Uno, de iniciativa gubernamental (281/24S), incluye una lista de lista de delitos cuya idea es que no lleguen a juicio estableciendo una indemnización integral.
El otro (379/24C), de iniciativa parlamentaria, busca no solo garantizar una retractación pública por parte de quien comete la conducta, sino que exista una sanción económica para el autor o participe frente al riesgo producido a los derechos tutelados de la víctima.
Integrando las dos iniciativas surgen varias inquietudes en cuanto a su aplicación. Ámbito Jurídico consultó a varios expertos en Derecho Penal, quienes abordaron temas como la necesidad de establecer una sanción económica para dichos delitos, teniendo en cuenta que el Código Penal dispone una multa.
Así mismo, dónde y cómo se denuncian estos delitos y cuáles son las consecuencias, qué pasa con el archivo por ausencia de datos o inasistencia a la conciliación por parte del autor, efectividad de la denuncia, injurias por parte de la misma persona, requisitos para denunciar y si la indemnización integral habilitaría tanto la terminación del proceso como su preclusión.
El Derecho Penal es la última ‘ratio’ y, en ese sentido, es la última puerta que el ciudadano debe tocar
Mariana Henao, abogada especialista en Derecho Penal
La indemnización que se propone en el Congreso es diferente a la pena de multa que dispone el Código Penal
Jhonatan Peláez, abogado especialista en Derecho Penal
La sanción económica en caso de retratación busca evitar que se sigan congestionando los despachos judiciales
Cristian Pereira, abogado especialista en Derecho Penal, candidato a magister en áreas penales y procesal penal
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