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Usuarios de servicios públicos pueden presentar peticiones a través de internet, correo electrónico o fax (9:50 a.m.)

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30 de Enero de 2013

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Los usuarios de servicios públicos tienen derecho a presentar peticiones, quejas y reclamos no solo en forma verbal o escrita, sino que además pueden hacerlo a través de internet, correo electrónico o vía fax, pues la ley no condiciona el trámite a la radicación directa por parte del interesado. Por esta razón, es deber de las superintendencias, entre ellas la de Servicios Públicos Domiciliarios, adoptar y recomendar a sus vigilados el uso de tecnologías de la información y la facilitación de trámites mediante sistemas no presenciales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto-Ley Antitrámites (Decreto-Ley 019 del 2012).

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