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Revisoría fiscal y asesoría en implementación de información financiera son incompatibles
28 de Noviembre de 2016
El contador público que se postula al cargo de revisor fiscal y, a la vez, propone su participación en la implementación de las normas internacionales de información financiera incurriría en una incompatibilidad, ya que dentro de sus funciones como revisor fiscal está opinar acerca de la aplicación adecuada de los nuevos marcos técnicos normativos, por lo que se convertiría en evaluador de su propia gestión, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Dicha incompatibilidad se elimina una vez transcurran seis meses entre la terminación de su asesoría en la implementación y el nombramiento como revisor fiscal. (Lea: Contador de la copropiedad puede postularse para ser su administrador)
Adicionalmente, señaló la entidad, de darse el nombramiento en esas condiciones, podría afectar de manera directa a los usuarios, razón por la cual, con base en lo previsto en el artículo 45 de la Ley 43 de 1990, el contratante de los servicios de revisoría fiscal puede presentar queja formal debidamente documentada ante la Junta Central de Contadores.
Este pronunciamiento del consejo se da por la consulta hecha por un miembro del consejo de administración de un conjunto residencial en Bogotá, ya que en asamblea se propuso contratar la revisoría fiscal, para lo cual se postuló quien ejercía como contadora en ese momento, dando como valor agregado para la copropiedad la implementación de las normas internacionales, renunciando a su labor como contadora.
Por otra parte, la entidad precisa que para facilitar el entendimiento y la aplicación de los nuevos marcos normativos, el CTPC emitió el pasado 20 de octubre del 2015 la orientación técnica No. 15, Copropiedades de uso residencial o mixto, la cual está disponible en el sitio web de la entidad. (Lea: Contador no puede responsabilizarse por situaciones anteriores al inicio de la labor contratada)
Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 795, 11/16/16
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