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¿Quién aprueba el incremento de expensas comunes en las copropiedades?

Se consultó al Consejo Técnico de la Contaduría Pública sobre la posibilidad de incrementar las expensas comunes sin contar con la aprobación de la asamblea de copropietarios.
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22 de Diciembre de 2020

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Frente a una consulta relacionada con la posibilidad de incrementar las expensas comunes sin contar con la aprobación de la asamblea de copropietarios, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, al precisar que su función se dirige a brindar orientación sobre la aplicación de las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información, señaló que los incrementos de contribuciones para cubrir gastos de expensas comunes y demás temas presupuestales son competencia de la asamblea de copropietarios, de manera que son ellos quienes deben impartir su aprobación.

 

En cuanto a las funciones de los administradores, la Ley 675 del 2001 también incluye referencias sobre los responsables de preparar y presentar dicha información presupuestal.

 

Por su parte, indicó, la Orientación Técnica 15, sobre copropiedades de uso residencial o mixto, establece directrices en materia de contabilidad y presupuesto. 

 

Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 1123, 12/09/20.

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