General
Novedades en trámite de quejas contra contadores públicos
La JCC derogó las resoluciones 123 del 2014 y 1280 del 2016, ahora se regirá por lo dispuesto en la nueva norma, que amplía las funciones de su Secretaría jurídica para asuntos disciplinarios.
15 de Agosto de 2017
Nuevamente, la Junta Central de Contadores (JCC) ajustó el procedimiento interno para dar impulso y trámite a las investigaciones disciplinarias adelantadas por su tribunal disciplinario con ocasión de las quejas e informes radicados contra los contadores públicos y las entidades que prestan servicios contables. (Lea: Parentesco o vínculos económicos restan independencia al contador que actúa como auditor)
La entidad derogó la Resolución 123 del 2014 y la 1280 del 2016, con las cuales se había creado una Secretaría jurídica para asuntos disciplinarios y la función de apoyo para el tribunal disciplinario de la unidad.
Es necesario aclarar que la entidad seguirá contando con dichas instancias, y de apoyo podrá tener a los funcionarios o contratistas necesarios para adelantar las actividades concernientes a la indagación preliminar de las quejas o informes disciplinarios presentados. (Lea: Contador público con inscripción profesional suspendida no puede firmar declaraciones tributarias)
Se amplían entonces las funciones de la secretaría jurídica para asuntos disciplinarios así:
· Dar impulso procesal a los expedientes disciplinarios de conformidad con lo ordenado por el tribunal, para lo cual se realizarán: citaciones, comunicaciones, notificaciones, avisos, edictos, estados, despachos comisorios, oficios para designación de defensores de oficio, entre otras actividades.
· Reportar a los abogados comisionados las novedades surgidas dentro de los expedientes disciplinarios a su cargo, a través de la herramienta Ccsnet o la designada para tal efecto.
· Responder oportunamente las solicitudes de copias realizadas dentro de los expedientes, de conformidad con los procedimientos y términos legales previstos.
· Tramitar la entrega de los expedientes a archivo físico cuando se encuentren debidamente notificados, comunicados, ejecutoriados y con el cumplimiento de las normas de gestión documental para tal fin, dentro de los cinco días siguientes a la última actuación.
· Atender a los usuarios conforme a las políticas de atención al ciudadano establecidas por la entidad.
Finalmente, la norma regula lo concerniente a las etapas de diligencias previas de cargos, cierre de investigación y fallos.
Junta Central de Contadores, Resolución 667, Ago. 02/17
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