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Ley de protección al usuario de transporte aéreo no fue sancionada (8:10 a.m.)

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15 de Julio de 2016

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Sin la correspondiente sanción presidencial, el Gobierno devolvió por razones de inconstitucionalidad el proyecto de ley de protección al usuario de transporte aéreo nacional al Congreso de la República. Al explicar sus argumentos, el Ejecutivo señala que cuando fue radicado el proyecto en la Secretaría General de la Cámara solo tenía tres artículos, incluido el de vigencia. El primero de ellos señalaba que el objetivo de la ley era “proteger a los consumidores de servicios de transporte aéreo de pasajeros”. El segundo disponía una adición al Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011). Dado que la materia objeto de regulación fue desde un comienzo los derechos de los usuarios, el proyecto debió ser tramitado para primer debate por la comisión primera o sexta de cada cámara, pero en ningún caso por la Comisión Tercera, puntualiza la objeción. Así las cosas, Presidencia indica, inicialmente, la violación de los artículos 142, 151 y 157, numeral 2, de la Carta Política. Por otra parte, adujo el desbordamiento de la competencia de la comisión accidental de conciliación, pues esta habría incorporado un artículo que no fue debatido ni aprobado por la plenaria de una de las dos cámaras.

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