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El 18 de julio entra en operación el sistema de control para centros de diagnóstico automotor (11:43 a.m.)

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17 de Mayo de 2016

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El artículo 2° de la Resolución 13830 del 2014 determinó que una vez el segundo proveedor autorizado haya cumplido a cabalidad el 100 % del proceso de evaluación y verificación de los requisitos exigidos podrá comenzar a operar el sistema de control y vigilancia para los centros de diagnóstico automotor. De acuerdo a lo anterior, según la Superintendencia de Puertos y Transporte, dos compañías han obtenido resolución que aprueba la propuesta para prestar servicios como provee­dores del sistema de seguridad (Empresa Indra Sistemas S. A y Empresa Compañía Interna­cional de Integración S. A.). Así las cosas, la fecha en la que los centros de diagnóstico automotor deben contar con todos los requerimientos del sistemas de seguridad, mediante el cual se realizarán los reportes obligatorios a la superintendencia, a través de la contratación con alguna de las empresas autorizadas y señaladas, es el 18 de julio de 2016.

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