Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Suspendido por dos meses abogado que no cumplió con requerimiento del juez

Se demostró que el abogado desconoció su deber a la debida diligencia establecido en la Ley 1123 del 2007.
154368
Imagen
abogado-mallete-trabajobig1.jpg

06 de Diciembre de 2022

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Un abogado presentó demanda para obtener la pensión de invalidez de su cliente, pero la falta de diligencia en el proceso, al esperar más de cuatro meses para dar cumplimiento a una orden impartida por el juez (presentar una nueva evaluación de discapacidad por parte de la Junta Nacional de Calificación), hizo que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial recordara que las gestiones encomendadas debe realizarse de manera “celosa”, ello quiere decir que se espera de los profesionales del Derecho una dedicación pronta y cumplida dirigida al logro de la finalidad que se les encomendó, así no se logre finalmente, en razón a que ellos no pueden comprometerse a alcanzar resultados diferentes al adelantamiento del proceso judicial.

Por lo anterior, se le sancionó con la suspensión en el ejercicio de la profesión por dos meses, tras hallarlo responsable de vulnerar el deber contemplado por el artículo 28 numeral 10º de la Ley 1123 del 2007, y como consecuencia de ello incurrir en la falta contenida en el artículo 37 numeral 1º ibídem, en la modalidad culposa. Por último, se recordó que el quejoso no es interviniente dentro del presente proceso y no tiene legitimación para impugnar la sentencia (M. P.: Juan Carlos Granados Becerra).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)