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Suspenden a abogado que dejó vencer términos en un proceso civil

09 de Mayo de 2023

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Abogado se comprometió a instaurar proceso y no inició la gestión, conozca la sanción (Freepik)

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) conoció de un recurso de apelación promovido contra la sentencia mediante la cual impuso sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por dos meses y multa concurrente de dos salarios mínimos a un abogado, al ser hallado responsable disciplinariamente.

 

La investigación tuvo origen en la queja promovida por una ciudadana contra el disciplinado, en la que manifestó que le confirió poder, junto con su madre, para que las representara en diversos procesos. Señaló que el abogado dejó vencer los términos sin si quiera corregir el poder para actuar. Adicionalmente, indicó que el abogado no hizo nada para que formularan imputación en el proceso penal donde aspiraban a ser reconocidas como víctimas. Por último, dijo que solicitaron sin éxito la devolución de los documentos y dineros entregados al abogado para que adelantara las gestiones encomendadas, pero no fueron devueltos.

 

Para la Sala, no es de recibo que un profesional del Derecho con amplia experiencia y varios años de ejercicio desconozca el trámite de un proceso ejecutivo, específicamente en lo que corresponde a la liquidación del crédito, trámite que por demás no solo comprende la presentación de la liquidación del crédito, sino la oposición y eventualmente la ejecución.

 

Enfatizó la Comisión que no puede pretenderse que los abogados, en ejercicio de las facultades conferidas por sus clientes y de los cuales son garantes de sus intereses, aleguen justificaciones inocuas que dejen huérfanos a sus representados, cuando es justamente el jurista quien cuenta con la competencia profesional para representarlos.

 

Finalmente, se destacó que el régimen disciplinario de los abogados gira en torno a cuatro finalidades básicas:

 

  1. Busca realizar una adecuación sustantiva a los principios constitucionales del debido proceso.
  2. En la parte especial, pretende efectuar una actualización histórica de los deberes, incompatibilidades, faltas y sanciones propias del régimen.
  3. En la parte procesal, aspira adecuar el procedimiento a los estándares constitucionales y del derecho internacional, así como
  4. Superar la congestión de esta judicatura mediante la implantación de un sistema oral, ágil y expedito.

 

En el caso concreto, la Corporación resolvió confirmar de forma integral la sentencia objeto de apelación (M. P. Alfonso Cajiao Cabrera).

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