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Superservicios precisa alcances de sentencia que anuló disposiciones sobre contribuciones a cargo de usuarios de acueducto, alcantarillado y aseo (4:28 p.m.)

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30 de Agosto de 2010

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Mediante la Circular Interna 144 del 2010, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios precisó los alcances de la sentencia del Consejo de Estado del pasado 25 de agosto que anuló, entre otras disposiciones, el artículo 3° del Decreto 57 del 2006, que establecía los niveles mínimos de contribución a cargo de los usuarios residenciales de los estratos 5 y 6 y los usuarios industriales y comerciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, como una de las fuentes para financiar los subsidios a los usuarios residenciales de los estratos 1, 2 y 3. En cuanto a los subsidios, el fallo no puede afectarlos, pues, de acuerdo con los artículos 51, 93 y 368 de la Constitución Política, es inconstitucional la suspensión de los subsidios en materia de servicios públicos domiciliarios, aclaró la entidad.

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