Superpuertos solicita a centros de enseñanza y de diagnóstico automotor cumplimiento sobre formación y certificación del personal técnico (2:11 p.m)
04 de Septiembre de 2017
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Nota:
57107
La Superintendencia de Puertos y Transporte recordó a todos los centros de enseñanza automovilística que deben dar cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Transporte. Así mismo, la superintendencia en ejercicio de sus funciones verificará el cumplimiento de los requisitos y plazos establecidos en la Resolución 5202 del 2016 por parte de los centros de diagnóstico automotor, tanto para la formación como para la certificación del personal técnico indicado, debido a que dicha formación está relacionada con el correcto funcionamiento del centro. En virtud de lo anterior y de acuerdo a la Ley 1702 del 2013, Superpuertos puede ordenar la suspensión del centro de 6 a 24 meses. Igualmente, si vencido el plazo fijado por la Resolución 5202 el personal no cumple con lo ordenado por el ministerio, incluso, puede ordenar la suspensión preventiva.
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