Superpuertos recuerda a titulares de licencias o autorizaciones portuarias cumplimiento de reversión contemplada en la Ley 1 de 1991 (3:23 p.m)
19 de Julio de 2017
Reproducir
Nota:
55930
La Superintendencia de Puertos solicita a todas las sociedades portuarias, muelles homologados, titulares de licencias portuarias y autorizaciones portuarias, en particular aquellas que se encuentren próximas al vencimiento del plazo otorgado, que realicen las obras de reparación y/o mantenimiento necesarias para que las construcciones e inmuebles por destinación localizados en la zona de uso público objeto de la concesión se reviertan a la Nación en buen estado de operación, con lo cual se facilitarán las labores de inventario y posterior suscripción de la respectiva acta de entrega. Es de recordar que todas las construcciones e inmuebles por destinación que se encuentren habitualmente instaladas en las zonas de uso público objeto de concesión portuaria, concesión para embarcadero y autorización temporal deberán ser revertidas a la Nación una vez finalicen o cesen los derechos de explotación, de conformidad con el artículo 8º de la Ley 1 de 1991.
Opina, Comenta