Superpuertos aclara forma de entrega del reporte de información financiera (11:40 a.m.)
02 de Mayo de 2016
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Nota:
106850
Las empresas de servicio público de transporte especial que obtuvieron habilitación bajo los presupuestos contenidos en el Decreto 174 del 2001 deben acreditar el cumplimiento de las condiciones de habilitación determinadas en el decreto reglamentario del sector Transporte y su plazo vence el 25 de febrero del 2017. Entonces, con el propósito de facilitar el reporte de la información así como el control del respectivo cumplimiento, la Superintendencia de Puertos y Transporte viene adelantando algunas mejoras al sistema de información y control Vigia, entre las cuales se destaca la conexión con otras fuentes de información externa (Runt, Ministerio de Transporte). En virtud de lo anterior, y en especial teniendo en cuenta el régimen de transición antes citado, el control sobre el avance del cumplimiento de los aspectos financieros y la verificación del porcentaje de propiedad de los vehículos se realizará a través de los reportes que las empresas vienen realizando a la plataforma, y no se requiere que las empresas remitan la información en medio impreso, según explicó la superintendencia.
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