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Superindustria formuló cargos contra siete productores de chimeneas de bioetanol

Según la SIC, de confirmarse la vulneración a las normas de protección al consumidor por parte de los investigados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMLMV.
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22 de Noviembre de 2023

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló cargos contra siete productores de chimeneas de bioetanol, etanol y similares, por la presunta omisión en el suministro de información clara, suficiente, oportuna, verificable, precisa e idónea, en relación con las instrucciones para su correcto uso, conservación e instalación y los posibles riesgos de su utilización. 

Para la entidad, este tipo de omisiones estaría permitiendo que las personas utilicen o manipulen estas chimeneas, sin información destinada a prevenir accidentes que atenten contra la vida, seguridad e integridad del consumidor o de terceros. (Lea: SIC formula cargos a ElectroHuila por presunta afectación a la libre competencia). 

Para controlar esta situación, la SIC, a través de la Resolución 72965 del 2023, impartió una orden administrativa a todas las personas que se encuentren produciendo chimeneas de bioetanol y otras similares o equivalentes, con el fin de incluir en los productos una etiqueta legible y visible en la parte superior que indique como mínimo sobre el riesgo de explosión de la chimenea al colocarle combustible mientras está encendida. 

Además, cada chimenea debe de anexar un manual de instrucciones en el cual se informe a los consumidores su correcto uso, conservación e instalación. Así mismo, se debe incluir en todos los medios de comunicación en los que se ofrece el producto, las instrucciones para su correcto uso, conservación e instalación.

Para el cumplimiento de la orden, la SIC otorgó un plazo de 60 días calendario, so pena de multas de hasta 1.000 SMLMV. De confirmarse la vulneración a las normas de protección al consumidor por parte de los investigados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMLMV. 

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