Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Si no es posible demostrar relación cliente abogado, no puede atribuirse responsabilidad disciplinaria (1:28 p.m.)

102136

17 de Julio de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Con observaciones como esa, el Consejo Superior de la Judicatura documentó un proceso en el cual absolvió a un abogado por no encontrar pruebas que demostraran su responsabilidad por demorar, dejar de hacer o abandonar las gestiones para las cuales fue supuestamente contratado. A su juicio, esta falta a la diligencia profesional, consagrada en el artículo 37 (numeral 1º) del Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 del 2007), no podía tener consecuencias para el investigado, ante la ausencia total de evidencias en torno al otorgamiento del poder y la supuesta entrega de dineros para que iniciara las labores. Según la providencia, surge así un escenario de duda razonable que debe conducir a la absolución, ya que el artículo 97 (numeral 4º) del código exige la certeza sobre la existencia objetiva y adecuación típica de la conducta (M. P. Julia Emma Garzón).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)